Financiación de la Iglesia

 

         

Para hablar de financiación de la Iglesia Católica en España hay que mencionar el Acuerdo entre la Santa Sede y el Estado Español sobre asuntos económicos firmado el 3 de enero de 1979 y que sustituye, en esta materia, al Concordato de 1953.

No es cierto, como apuntan algunos, que el Acuerdo de 1979 sea continuista con el de 1953, firmado en la época franquista. El Acuerdo de 1979 es rompedor no sólo en su contexto, sino también en sus principios, regulación y contenidos. Basta comprobar que, mientras el Concordato de 1953 proclamaba la Religión Católica, Apostólica y Romana como la única de la Nación Española, y se asignaba una adecuada dotación anual para el sostenimiento del culto y del clero, el Acuerdo para Asuntos Económicos de 1979 se encuadra en el contexto histórico y jurídico de la Constitución Española de 1978, en la que el Estado es aconfesional (“ninguna confesión tendrá carácter estatal), y se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades (art. 16 CE).

De hecho, en el Acuerdo de 1979 la Iglesia, consciente de la importancia de mantenerse independiente con respecto al poder político, para mejor servir a su función, declara expresamente su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades y se pacta entre las partes un régimen transitorio de dotación con cargo a los presupuestos generales del Estado, tras el cual, la Iglesia percibiría un porcentaje del rendimiento sobre la renta o el patrimonio neto u otra de carácter personal, previa la declaración de voluntad de cada contribuyente.

       

Aunque dicho régimen transitorio se dilató en el tiempo más de lo previsto, finalmente, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1988, se dispuso ya que los contribuyentes, en la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), podían indicar su voluntad de que el porcentaje (entonces del 0,5239%), de la cuota íntegra, se destinase, bien a colaborar al sostenimiento económico de la Iglesia Católica, bien a otros fines de interés social, que se determinarían por el Gobierno. Desde entonces, mensualmente, el Estado entregaba un adelanto de dicha cantidad, calculado sobre la base de la asignación tributaria correspondiente al penúltimo ejercicio presupuestario anterior, aunque es cierto que en los últimos años, se producía un déficit con cargo a la Iglesia, porque se recaudaba por vía de IRPF menos de lo que estaba previsto, déficit cuya devolución no era finalmente exigida por el Estado.

 

La situación actual

Con todo, la financiación por esta vía no suponía en los últimos años siquiera un 30% de los recursos totales de la Iglesia, que se financia ya, en gran parte, de las donaciones o aportaciones esporádicas o periódicas de los fieles.

En cuanto a los ingresos por IRPF, la situación actual es que, tras unas largas negociaciones entre la Conferencia Episcopal Española y el Gobierno de España en el año 2007, se acordó avanzar un paso más hacia la autofinanciación. Esto quedó plasmado en la ley de Presupuestos Generales del Estado para 2007 de la siguiente manera: el porcentaje aplicable para la cuota íntegra del impuesto del IRPF para los contribuyentes que eligieran esta opción se eleva al 0,7%. El adelanto mensual del Estado a la Iglesia se seguirá produciendo pero, al final de cada ejercicio, y ésta es otra de las novedades, habrá que hacer una liquidación y regularización, de manera que puede que a final del año, si se ha recaudado menos por IRPF de lo que mensualmente se percibe como adelanto, la Iglesia Católica tenga que devolver la diferencia que resulte. Esto se sabrá al final del año 2008, cuando quede liquidado definitivamente el impuesto correspondiente al ejercicio del 2007.

En dichas negociaciones, también se renunció por la Conferencia Episcopal Española a ciertas exenciones del Impuesto sobre el Valor Añadido, cuyo origen también estaba en el citado Acuerdo de 1979.

 

Nuestra colaboración

Desde el punto de vista económico, hay abundantes estudios, artículos y comentarios que demuestran cómo la Iglesia le ahorra al Estado millones de euros al año en su actividad social, asistencial, benéfica y educativa, así como en la conservación del patrimonio histórico-artístico.
Sin querer entrar en polémicas de números, lo cierto es que todos somos testigos de cientos de ejemplos en los que, además de las labores asistenciales (sanidad, educación, asistencia social) o culturales (mantenimiento del patrimonio histórico-artístico), la Iglesia está cerca de muchas personas necesitadas: enfermos, ancianos; personas que viven angustiadas por el ritmo de vida de las grandes ciudades, gentes discriminadas por cualquier situación que no encuentran quien les escuche…

Con independencia de que cualquier tarea humana es mejorable, cuando se alude a los sacerdotes, religiosos… hay que insistir en hablar de gratuidad, de generosidad y de entrega. Ellos nos atienden espiritualmente, animan la fe de la asamblea, alientan la misión, mantienen y cuidan los templos a los que acudimos a orar o a participar en la liturgia. Y hay algo evidente, incluso para los agnósticos o ateos: con unos sueldos tan bajos como tienen los sacerdotes, está claro que no han seguido su vocación para hacerse ricos; antes bien, atesoran sus riquezas en el cielo.

Insisto: el nuevo sistema de financiación se empezará a aplicar para la renta del ejercicio 2007, cuya liquidación y pago por los contribuyentes se realiza en la primavera de 2008. Por lo tanto, en la campaña de la renta de este año, no se olvide de marcar la cruz en la casilla “Para el sostenimiento de la Iglesia Católica". A usted no le supondrá ningún gasto más.

Pilar Vila